Ordenanza 4575/12
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 4575
- Año:
- 2012
- Fecha:
- 25/10/2012
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza para solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que arbitre los medios necesarios para que un médico cardiólogo brinde atención, control y seguimiento a pacientes en las Unidades Sanitarias del Partido de Ramallo, considerando la necesidad de este servicio y la dificultad de acceso a especialistas para muchos pacientes. La ordenanza también establece la remisión de copias a distintas autoridades y medios de comunicación.
Etiquetas
Ordenanza 4575CardiologíaUnidades SanitariasPartido de RamalloSalud Pública
Palabras clave
CardiologíaUnidades SanitariasPartido de RamalloSalud PúblicaMédico cardiólogoHospital José María Gomendio