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Ordenanza 180/85

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
180
Año:
1985
Fecha:
26/04/1985
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Ordenanza 180/85 regula el transporte de trabajadores rurales en el Partido de Ramallo, prohibiendo el uso de tractores, acoplados y camiones con acoplados para este fin. Se establecen condiciones de seguridad y habilitación para los vehículos que transporten trabajadores rurales, incluyendo la necesidad de un cerramiento perimetral, asientos y una puerta posterior. Los vehículos deben ser habilitados por el Departamento Municipal de Control Sanitario y cumplir con las normas de tránsito vigentes. Los conductores deben tener licencia habilitante para Transporte Profesional Público de Pasajeros.

Etiquetas

Ordenanza 180/85Transporte de Trabajadores RuralesSeguridad VialHabilitación de VehículosDepartamento Municipal de Control SanitarioLey Orgánica del Transporte de PasajerosDecreto Reglamentario 6265/70

Palabras clave

RamalloTransporte de Trabajadores RuralesSeguridad VialHabilitación de VehículosDepartamento Municipal de Control SanitarioLey Orgánica del Transporte de PasajerosDecreto Reglamentario 6265/70TractoresAcopladosCamionesConductoresLicencia Habilitante
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