Ordenanza 1288/95
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 1288
- Año:
- 1995
- Fecha:
- 28/11/1995
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que desafecta los fondos disponibles en la Municipalidad de Ramallo provenientes de la recaudación en concepto de aporte al Fondo Municipal de la Vivienda y al Fondo Municipal de Obras Públicas, hasta el 31 de diciembre de 1995, debido a la difícil situación económica y la aplicación de la Ley N° 11.582 que exige un estricto equilibrio fiscal. Se crearon estos fondos mediante ordenanzas anteriores para recaudar fondos destinados a planes de vivienda y obras públicas en el Partido de Ramallo.
Etiquetas
Ordenanza 1288/95Fondo Municipal de la ViviendaFondo Municipal de Obras PúblicasLey N° 11.582Honorable Concejo Deliberante de RamalloMunicipio de RamalloViviendaObras Públicas
Palabras clave
Fondo Municipal de la ViviendaFondo Municipal de Obras PúblicasLey N° 11.582Honorable Concejo Deliberante de RamalloMunicipio de RamalloViviendaObras PúblicasOrdenanza 128/84IVBAHonorable Senado de la Provincia de Buenos Aires