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Ordenanza 6828/23

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
6828
Año:
2023
Fecha:
23/11/2023
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que prohíbe la instalación de campañas oftalmológicas en el partido, sin previa autorización del Área de Salud de la Municipalidad, con el fin de proteger la salud de los habitantes y evitar campañas ilegales que prometen reducir costos en detrimento de la salud. La ordenanza establece que la venta de anteojos y lentes de contacto debe ser realizada en ópticas habilitadas y con profesionales matriculados.

Etiquetas

Ordenanza 6828Campañas oftalmológicasSalud públicaProfesionales ópticosÓpticas habilitadas

Palabras clave

RamalloConcejo DeliberanteSaludÓpticasLentes de contactoAnteojosProfesionales ópticosMunicipalidadAutorizaciónCampañas ilegales
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