Ordenanza 6828/23
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 6828
- Año:
- 2023
- Fecha:
- 23/11/2023
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que prohíbe la instalación de campañas oftalmológicas en el partido, sin previa autorización del Área de Salud de la Municipalidad, con el fin de proteger la salud de los habitantes y evitar campañas ilegales que prometen reducir costos en detrimento de la salud. La ordenanza establece que la venta de anteojos y lentes de contacto debe ser realizada en ópticas habilitadas y con profesionales matriculados.
Etiquetas
Ordenanza 6828Campañas oftalmológicasSalud públicaProfesionales ópticosÓpticas habilitadas
Palabras clave
RamalloConcejo DeliberanteSaludÓpticasLentes de contactoAnteojosProfesionales ópticosMunicipalidadAutorizaciónCampañas ilegales