Ordenanza 1297/95
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 1297
- Año:
- 1995
- Fecha:
- 28/12/1995
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que regula el funcionamiento de las confiterías bailables, estableciendo horarios y días de funcionamiento según la temporada, y permitiendo la concurrencia de personas mayores de 17 años. La norma busca adecuar la legislación vigente a los cambios en los usos y hábitos de la juventud y promover a Ramallo como polo de atracción turística.
Etiquetas
Ordenanza 1297/95Confiterías bailablesHorarios de funcionamientoEdad mínimaLey N° 10.067/83Turismo
Palabras clave
RamalloHonorable Concejo DeliberanteConfiterías bailablesHorariosEdad mínimaLey N° 10.067/83TurismoDiciembre1995