Ordenanza 5942/19
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 5942
- Año:
- 2019
- Fecha:
- 02/05/2019
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5942, que autoriza al Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital José María Gomendio a suscribir un contrato de locación de obra con la Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos Aires. El contrato establece las condiciones para la prestación de servicios anestesiológicos en el hospital, incluyendo el pago de honorarios y la responsabilidad civil de los profesionales. El contrato tendrá una vigencia de 12 meses y podrá ser rescindido por cualquiera de las partes con una antelación de 30 días.
Etiquetas
Ordenanza 5942Contrato de Locación de ObraAsociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos AiresHospital José María GomendioServicios anestesiológicosLey Orgánica de las Municipalidades
Palabras clave
RamalloHospital José María GomendioAsociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos AiresContrato de Locación de ObraServicios anestesiológicosLey Orgánica de las MunicipalidadesDecreto Ley 6769/58Rubén Horacio MillánEduardo Seren