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Ordenanza 3561/08

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3561
Año:
2008
Fecha:
16/12/2008
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que acepta la Resolución del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, que declara la insalubridad de las tareas que desarrolla el personal del Cementerio de la Municipalidad de Ramallo. La ordenanza establece una bonificación por tareas desagradables para los agentes municipales que desempeñen tareas en los cementerios del Partido de Ramallo, consistente en un adicional del 15% del sueldo de su categoría salarial. La norma se aplica a partir del 1 de diciembre de 2008 y modifica la Ordenanza Nº 776/90.

Etiquetas

Ordenanza 3561Resolución del Ministerio de TrabajoExpediente Nº 21504-8286/05Cementerio Municipal de RamalloBonificación por Tareas DesagradablesOrdenanza Nº 776/90

Palabras clave

RamalloMinisterio de TrabajoProvincia de Buenos AiresCementerio MunicipalBonificación por Tareas DesagradablesOrdenanza Nº 776/90Expediente Nº 21504-8286/0515%
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