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Ordenanza 1808/00

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1808
Año:
2000
Fecha:
30/05/2000
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 1808, que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a prestar el servicio de recolección de residuos domiciliarios en las localidades de Ramallo, Villa Ramallo y Pérez Millán, y autoriza la tercerización de la mano de obra necesaria para este servicio. La medida se toma debido a la necesidad de tomar medidas pertinentes sobre la recolección de residuos y las dificultades presupuestarias del Estado Municipal.

Etiquetas

Ordenanza 1808Recolección de Residuos DomiciliariosPartido de RamalloDepartamento Ejecutivo MunicipalTercerización de serviciosOrdenanza 1756/99

Palabras clave

Recolección de ResiduosRamalloVilla RamalloPérez MillánDepartamento Ejecutivo MunicipalTercerizaciónServicio de RecolecciónContribuyentesPresupuesto Municipal
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