Ordenanza 7478/26
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 7478
- Año:
- 2026
- Fecha:
- 08/07/2026
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7478/26, que autoriza al Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Municipal José María Gomendio a suscribir un Contrato de Locación de Obra con el Médico Pediatra Juan Pablo Ferrero. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y el profesional recibirá una retribución mensual de $630.000 por cada guardia de 24 horas. El contrato se regirá por las cláusulas y condiciones establecidas en el mismo, y el profesional deberá cumplir con las cargas que la legislación impone para el desempeño regular de su profesión.
Etiquetas
Ordenanza 7478/26Contrato de Locación de ObraMédico PediatraJuan Pablo FerreroHospital Municipal José María GomendioEnte Descentralizado
Palabras clave
Juan Pablo FerreroMédico PediatraHospital Municipal José María GomendioEnte DescentralizadoRamalloContrato de Locación de ObraOrdenanza 7478/26Ley Orgánica de las MunicipalidadesDecreto Ley 6769/58