Ordenanza 3588/08
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 3588
- Año:
- 2008
- Fecha:
- 29/12/2008
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
La Ordenanza 3588 establece los requisitos y obligaciones para los guardavidas en espejos de agua del Partido de Ramallo, incluyendo la posesión de una Libreta de Guardavidas, edad mínima, condiciones físicas, pruebas de suficiencia y examen médico. También define las tareas y responsabilidades de los guardavidas, como la vigilancia de bañistas, auxilio en caso de necesidad y cuidado de elementos de seguridad. Se crea un Registro de Guardavidas y se establecen procedimientos para la inscripción y comunicación anual de los guardavidas inscriptos.
Etiquetas
Ordenanza 3588GuardavidasEspejos de aguaSeguridadDecreto Provincial 27/1989Libreta de GuardavidasRegistro de Guardavidas
Palabras clave
GuardavidasEspejos de aguaSeguridadDecreto Provincial 27/1989Libreta de GuardavidasRegistro de GuardavidasRamalloPartido de RamalloHonorable Concejo DeliberanteMunicipio de Ramallo