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Ordenanza 3588/08

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3588
Año:
2008
Fecha:
29/12/2008
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Ordenanza 3588 establece los requisitos y obligaciones para los guardavidas en espejos de agua del Partido de Ramallo, incluyendo la posesión de una Libreta de Guardavidas, edad mínima, condiciones físicas, pruebas de suficiencia y examen médico. También define las tareas y responsabilidades de los guardavidas, como la vigilancia de bañistas, auxilio en caso de necesidad y cuidado de elementos de seguridad. Se crea un Registro de Guardavidas y se establecen procedimientos para la inscripción y comunicación anual de los guardavidas inscriptos.

Etiquetas

Ordenanza 3588GuardavidasEspejos de aguaSeguridadDecreto Provincial 27/1989Libreta de GuardavidasRegistro de Guardavidas

Palabras clave

GuardavidasEspejos de aguaSeguridadDecreto Provincial 27/1989Libreta de GuardavidasRegistro de GuardavidasRamalloPartido de RamalloHonorable Concejo DeliberanteMunicipio de Ramallo
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