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Ordenanza 1592/98

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1592
Año:
1998
Fecha:
12/08/1998
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo modifica el artículo 4° de la Ordenanza N° 1556/98, que establece el plazo para la convocatoria del Consejo Asesor De Cultura. A partir de los diez días hábiles de sancionada la presente ordenanza, el Departamento Ejecutivo o el Presidente del HCD procederá a convocar a la constitución del Consejo Asesor De Cultura de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior. La ordenanza también establece la comunicación al Departamento Ejecutivo para sus efectos.

Etiquetas

Ordenanza 1592/98Consejo Asesor De CulturaOrdenanza 1556/98Departamento EjecutivoHonorable Concejo Deliberante

Palabras clave

Consejo Asesor De CulturaDepartamento EjecutivoHonorable Concejo DeliberanteRamalloOrdenanza 1556/98Ordenanza 1592/98Artículo 4°Artículo 2°
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