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Ordenanza 3915/10

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3915
Año:
2010
Fecha:
03/08/2010
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 3915/10, que autoriza la contratación de una terapista ocupacional para trabajar en las Unidades Sanitarias del Hospital José María Gomendio. El contrato de locación de obra se establece por un período de seis meses, desde el 1 de julio de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010, con una remuneración mensual de $1.200. La relación laboral se rige por el Decreto-Ley 6769/58 y otras normas aplicables.

Etiquetas

Ordenanza 3915Hospital José María GomendioTerapista OcupacionalContrato de Locación de ObraDecreto-Ley 6769/58

Palabras clave

Mariana ArozaGuillermo Van KemenadeWalter Ariel SantallaRamalloHospital MunicipalUnidades SanitariasTerapista OcupacionalContrato de Locación de ObraDecreto-Ley 6769/58
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