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Ordenanza 1581/98

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1581
Año:
1998
Fecha:
21/07/1998
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Ordenanza 1581/98 regula el aprovechamiento y manejo de los recursos hídricos subterráneos en el Partido de Ramallo, estableciendo criterios de sustentabilidad y seguridad. Se crea un registro de perforistas y se establecen sanciones para aquellos que no cumplan con la normativa. El Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) está facultado para celebrar convenios de asistencia técnica y para impulsar la constitución de una comisión intermunicipal para regular la utilización de las aguas subterráneas.

Etiquetas

Ordenanza 1581/98Recursos hídricos subterráneosSustentabilidadSeguridadRegistro de perforistasSancionesConvenios de asistencia técnicaComisión intermunicipal

Palabras clave

HIDRICOS SUBTERRANEOSsustentabilidadseguridadperforistassancionesconvenioscomisión intermunicipalLey Provincial de Medio AmbienteArtículos 75° y 77°
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