Ordenanza 1581/98
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 1581
- Año:
- 1998
- Fecha:
- 21/07/1998
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
La Ordenanza 1581/98 regula el aprovechamiento y manejo de los recursos hídricos subterráneos en el Partido de Ramallo, estableciendo criterios de sustentabilidad y seguridad. Se crea un registro de perforistas y se establecen sanciones para aquellos que no cumplan con la normativa. El Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) está facultado para celebrar convenios de asistencia técnica y para impulsar la constitución de una comisión intermunicipal para regular la utilización de las aguas subterráneas.
Etiquetas
Ordenanza 1581/98Recursos hídricos subterráneosSustentabilidadSeguridadRegistro de perforistasSancionesConvenios de asistencia técnicaComisión intermunicipal
Palabras clave
HIDRICOS SUBTERRANEOSsustentabilidadseguridadperforistassancionesconvenioscomisión intermunicipalLey Provincial de Medio AmbienteArtículos 75° y 77°