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Ordenanza 4091/10

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
4091
Año:
2010
Fecha:
29/12/2010
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Municipalidad de Ramallo autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un contrato de subarrendamiento con Arnaldo Julio Liguori para un inmueble destinado a la recepción de residuos sólidos urbanos y/o asimilables. El plazo del contrato es de diez años, contados a partir del 1º de enero de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2021. El precio se pacta en $5.300 mensuales, pagaderos por mes adelantado. El predio objeto de esta contratación será destinado a la recepción de residuos sólidos urbanos y/o asimilables y de toda otra naturaleza permitida por las disposiciones legales vigentes en la materia.

Etiquetas

Ordenanza 4091SubarrendamientoResiduos sólidos urbanosArnaldo Julio LiguoriDepartamento Ejecutivo MunicipalExpediente 4092-6248/10Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos

Palabras clave

RamalloMunicipalidadArnaldo Julio LiguoriWalter Ariel SantallaEstablecimiento Agropecuario Virtudes S.A.Residuos sólidos urbanosSubarrendamientoContratoDepartamento Ejecutivo MunicipalExpediente 4092-6248/10Gestión Integral de Residuos Sólidos UrbanosLey Orgánica de las MunicipalidadesOrdenanza 4036/10
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