Ordenanza 4091/10
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 4091
- Año:
- 2010
- Fecha:
- 29/12/2010
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
La Municipalidad de Ramallo autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un contrato de subarrendamiento con Arnaldo Julio Liguori para un inmueble destinado a la recepción de residuos sólidos urbanos y/o asimilables. El plazo del contrato es de diez años, contados a partir del 1º de enero de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2021. El precio se pacta en $5.300 mensuales, pagaderos por mes adelantado. El predio objeto de esta contratación será destinado a la recepción de residuos sólidos urbanos y/o asimilables y de toda otra naturaleza permitida por las disposiciones legales vigentes en la materia.
Etiquetas
Ordenanza 4091SubarrendamientoResiduos sólidos urbanosArnaldo Julio LiguoriDepartamento Ejecutivo MunicipalExpediente 4092-6248/10Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos
Palabras clave
RamalloMunicipalidadArnaldo Julio LiguoriWalter Ariel SantallaEstablecimiento Agropecuario Virtudes S.A.Residuos sólidos urbanosSubarrendamientoContratoDepartamento Ejecutivo MunicipalExpediente 4092-6248/10Gestión Integral de Residuos Sólidos UrbanosLey Orgánica de las MunicipalidadesOrdenanza 4036/10