Ordenanza 1477/97
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 1477
- Año:
- 1997
- Fecha:
- 29/07/1997
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 1477/97, que aprueba el contrato de locación entre la Municipalidad de Ramallo y la empresa TELESAN S.A. para el alquiler de los galpones N°1 y N°2 del Puerto Municipal de Cabotaje de Ramallo. El contrato tiene una duración de cinco años, con posibilidad de prórroga, y establece obligaciones para el locatario, como la no cesión ni transferencia del contrato, la no subarrendación de la unidad locada y la obligación de permitir inspecciones ocasionales. El locatario también se obliga a dar cumplimiento a las obligaciones del Capítulo 'Derechos Portuarios' establecidas en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.
Etiquetas
Ordenanza 1477/97Contrato de LocaciónTELESAN S.A.Puerto Municipal de Cabotaje de RamalloDecreto-Ley 6769/58Ley Orgánica de las Municipalidades
Palabras clave
TELESAN S.A.Puerto Municipal de Cabotaje de RamalloDecreto-Ley 6769/58Ley Orgánica de las MunicipalidadesContrato de LocaciónGalpones N°1 y N°2Honorable Concejo Deliberante de RamalloMunicipalidad de Ramallo