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Ordenanza 3809/09

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3809
Año:
2009
Fecha:
22/12/2009
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 3809/09, que autoriza la contratación de una Asistente Social para trabajar en la Unidad Sanitaria de Villa Ramallo. El contrato tendrá una duración de un año, desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010, y la remuneración será de $1.600 mensuales. La Asistente Social se encargará de tareas como prevención, tratamiento, seguimiento de casos, formación de grupos de apoyo y trámites de pensiones nacionales y provinciales.

Etiquetas

Ordenanza 3809/09Contrato de Locación de ObraAsistente SocialUnidad Sanitaria de Villa RamalloSalud y Promoción SocialDecreto-Ley 6769/58

Palabras clave

Romina Belén RodríguezWalter Ariel SantallaMunicipalidad de RamalloHonorable Concejo DeliberanteExpediente 4092-5660/09Ley Orgánica de las MunicipalidadesPesos 1.600
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