Ordenanza 3809/09
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 3809
- Año:
- 2009
- Fecha:
- 22/12/2009
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 3809/09, que autoriza la contratación de una Asistente Social para trabajar en la Unidad Sanitaria de Villa Ramallo. El contrato tendrá una duración de un año, desde el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010, y la remuneración será de $1.600 mensuales. La Asistente Social se encargará de tareas como prevención, tratamiento, seguimiento de casos, formación de grupos de apoyo y trámites de pensiones nacionales y provinciales.
Etiquetas
Ordenanza 3809/09Contrato de Locación de ObraAsistente SocialUnidad Sanitaria de Villa RamalloSalud y Promoción SocialDecreto-Ley 6769/58
Palabras clave
Romina Belén RodríguezWalter Ariel SantallaMunicipalidad de RamalloHonorable Concejo DeliberanteExpediente 4092-5660/09Ley Orgánica de las MunicipalidadesPesos 1.600