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Ordenanza 1318/96

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1318
Año:
1996
Fecha:
26/03/1996
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que establece la eximición de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene para personas discapacitadas que atienden personalmente una unidad comercial o productiva, siempre que sea su único medio de sustento. La eximición se aprobará anualmente y requiere la presentación de documentación y declaración jurada anual. El objetivo es promover el desarrollo laboral e integral de las personas discapacitadas.

Etiquetas

Ordenanza 1318/96Tasa por Inspección de Seguridad e HigienePersonas discapacitadasEximición de tasasDesarrollo laboralLey Orgánica de las MunicipalidadesDecreto-Ley 6769/58

Palabras clave

RamalloConcejo DeliberantePersona discapacitadaTasa por Inspección de Seguridad e HigieneUnidad ComercialActividad ProductivaSustento diarioLey Orgánica de las MunicipalidadesDecreto-Ley 6769/58
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