Ordenanza 1318/96
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 1318
- Año:
- 1996
- Fecha:
- 26/03/1996
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que establece la eximición de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene para personas discapacitadas que atienden personalmente una unidad comercial o productiva, siempre que sea su único medio de sustento. La eximición se aprobará anualmente y requiere la presentación de documentación y declaración jurada anual. El objetivo es promover el desarrollo laboral e integral de las personas discapacitadas.
Etiquetas
Ordenanza 1318/96Tasa por Inspección de Seguridad e HigienePersonas discapacitadasEximición de tasasDesarrollo laboralLey Orgánica de las MunicipalidadesDecreto-Ley 6769/58
Palabras clave
RamalloConcejo DeliberantePersona discapacitadaTasa por Inspección de Seguridad e HigieneUnidad ComercialActividad ProductivaSustento diarioLey Orgánica de las MunicipalidadesDecreto-Ley 6769/58