Ordenanza 3578/08
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 3578
- Año:
- 2008
- Fecha:
- 29/12/2008
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 3578/08, que autoriza la contratación de una asistente social para trabajar en la Unidad Sanitaria de Villa Ramallo. El contrato tendrá una duración de un año, desde el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009, y la remuneración será de $1.350,00 por mes. La asistente social se encargará de realizar tareas relacionadas con la prevención, tratamiento y seguimiento de casos, formación de grupos de apoyo y trámites de pensiones nacionales y provinciales.
Etiquetas
Ordenanza 3578/08Contrato de Locación de ObraAsistente SocialUnidad Sanitaria de Villa RamalloSecretaría de Salud y Promoción SocialDecreto-Ley 6769/58
Palabras clave
Romina Belén RodríguezWalter Ariel SantallaMunicipalidad de RamalloHonorable Concejo DeliberanteContrato de Locación de ObraAsistente SocialUnidad SanitariaVilla RamalloSalud y Promoción SocialDecreto-Ley 6769/58Ley Orgánica de las Municipalidades