Ordenanza 4589/12
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 4589
- Año:
- 2012
- Fecha:
- 25/10/2012
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 4589/12, que autoriza la contratación de una asistente social para integrar el Equipo Técnico de Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño. La contratación se realizará mediante un contrato de locación de obra entre la Municipalidad de Ramallo y la señora Elsa Teresa Leguízamo, por un período de seis meses, con una remuneración mensual de $4.600. El contrato establece las condiciones y obligaciones de la contratación, incluyendo la prestación de servicios en horarios rotativos y la responsabilidad de la profesional por sus actos.
Etiquetas
Ordenanza 4589/12Contrato de Locación de ObraAsistente SocialEquipo Técnico de Servicio LocalPromoción y Protección de los Derechos del NiñoLey 13.298Decreto-Ley 6769/58Convenio Marco de Cooperación
Palabras clave
Elsa Teresa LeguízamoWalter Ariel SantallaMunicipalidad de RamalloHonorable Concejo DeliberanteSubsecretaría del Menor, la Mujer y la FamiliaEquipo Técnico de Servicio LocalLey 13.298Decreto-Ley 6769/58Convenio Marco de CooperaciónContrato de Locación de ObraAsistente Social