Ordenanza 447/87
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 447
- Año:
- 1987
- Fecha:
- 03/06/1987
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que modifica el artículo 4° de la Ordenanza N° 431/87, estableciendo que los efectos de la adhesión a la Ley N° 10.471/86 tendrán vigencia a partir de la promulgación de la referida ley, con el fin de evitar inconvenientes por la adhesión en fecha no coincidente. La ordenanza se basa en la interpretación del artículo 56 de la ley provincial, que deja a criterio de los municipios la adhesión o no a la misma.
Etiquetas
Ordenanza 447/87Ley 10.471/86Carrera Médico HospitalariaAdhesión a la ley provincialDepartamento Ejecutivo
Palabras clave
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