Ordenanza 6571/22
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 6571
- Año:
- 2022
- Fecha:
- 18/08/2022
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 6571/22, que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un contrato de comodato de la Caleta Municipal en el Puerto Arturo Jauretche de Ramallo con la Asociación Civil Unión de Pescadores Ramallenses. El contrato tendrá una duración de 60 meses, prorrogable por períodos de 12 meses, y la Asociación se compromete a realizar tareas de cuidado y mantenimiento de la Caleta Municipal, así como a fomentar la actividad pesquera artesanal. La Ordenanza también deroga la Ordenanza 5918/19.
Etiquetas
Ordenanza 6571/22Comodato Caleta MunicipalAsociación Civil Unión de Pescadores RamallensesPuerto Arturo Jauretche de RamalloExpediente 4092-17178/17Ley Orgánica de las Municipalidades
Palabras clave
Caleta MunicipalPuerto Arturo JauretcheAsociación Civil Unión de Pescadores RamallensesComodatoContratoMunicipalidad de RamalloHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo MunicipalIntendente MunicipalGustavo Haroldo PerieCarlos Alberto Mendoza