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Ordenanza 1010/92

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1010
Año:
1992
Fecha:
14/07/1992
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que modifica el Artículo 37º de la Ordenanza Nº 384/86, estableciendo que los agentes de planta permanente que acrediten una antigüedad mínima de 30 años de servicios en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, y cuya baja no tenga carácter de sanción disciplinaria, tendrán derecho a una retribución especial de 10 mensualidades de su última remuneración regular y permanente. Esta modificación busca incluir a los agentes que provienen de la Administración Pública Provincial y que no tenían derecho a esta retribución especial.

Etiquetas

Ordenanza 1010/92Retribución especialAntigüedad mínima30 años de serviciosAdministración Pública NacionalAdministración Pública ProvincialAdministración Pública MunicipalOrdenanza 384/86Estatuto de Estabilidad y Escalafón

Palabras clave

RamalloHonorable Concejo DeliberanteOrdenanzaRetribución especialAntigüedad mínima30 años de serviciosAdministración Pública NacionalAdministración Pública ProvincialAdministración Pública MunicipalLey 10.430Artículo 37ºArtículo 32º
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