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Ordenanza 1289/95

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1289
Año:
1995
Fecha:
19/12/1995
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 1289/95, que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en favor de la Asociación del Personal de la Subprefectura Ramallo el derecho de uso y ocupación gratuita de un predio aluvional para la construcción de un camping y playa balnearia. La cesión tendrá un plazo de 60 meses y la Asociación deberá someter a la aprobación de la Secretaría Municipal de Obras y Servicios Públicos todas las obras a realizar. La Ordenanza también establece que la Asociación deberá colaborar con las áreas específicas de la Municipalidad de Ramallo y que la cesión podrá ser revocada si la Asociación no gestiona y obtiene su reconocimiento ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas dentro de los 18 meses siguientes a la suscripción del Convenio de uso y ocupación.

Etiquetas

Ordenanza 1289/95Asociación del Personal de la Subprefectura RamalloCesión de predio aluvionalCamping y playa balneariaLey N° 9533/80Ley N° 6769/58EXPTE. N° 4092-2816/95

Palabras clave

Asociación del Personal de la Subprefectura RamalloSubprefectura RamalloMunicipalidad de RamalloCampingPlaya balneariaPredio aluvionalLey N° 9533/80Ley N° 6769/58EXPTE. N° 4092-2816/95Convenio de uso y ocupaciónDirección Provincial de Personas Jurídicas
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