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Ordenanza 1864/00

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1864
Año:
2000
Fecha:
07/11/2000
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo modifica la Ordenanza Nº 1600/98 para establecer que no se podrán habilitar remisses si los solicitantes mantienen deudas por multas firmes aplicadas por el uso del vehículo. Se incorpora un inciso al Artículo 22º de la Ordenanza Nº 1600/98, que exige la presentación de un certificado de libre deuda para la habilitación. El objetivo es garantizar el acatamiento de las normas de tránsito y la Ordenanza Nº 1600/98.

Etiquetas

Ordenanza 1864Ordenanza 1600/98Servicio Público de RemissesHabilitación de remissesMultas firmesLey Orgánica de las Municipalidades

Palabras clave

RamalloHonorable Concejo DeliberanteServicio Público de PasajerosMunicipalidad de RamalloMultas firmesHabilitación de remissesCertificado de libre deuda
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