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Ordenanza 653/89

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
653
Año:
1989
Fecha:
18/05/1989
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza para establecer el pago adelantado del Sueldo Anual Complementario, equivalente al 33,33 por ciento de la mayor remuneración mensual nominal devengada por todo concepto en el primer cuatrimestre del corriente año, en respuesta al Decreto Nacional 571/89 que dispuso un adelanto sobre el sueldo anual complementario para trabajadores en relación de dependencia. El pago deberá ser imputado en la Partida prevista para Sueldo Anual Complementario y se efectuará sobre el total de las retribuciones que corresponda computar para la liquidación del aguinaldo.

Etiquetas

Ordenanza 653/89Decreto 571/89Sueldo Anual Complementariopago adelantadotrabajadores en relación de dependencia

Palabras clave

Sueldo Anual ComplementarioadelantotrabajadoresremuneraciónliquidaciónaguinaldoDecreto NacionalRamallo
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