Ordenanza 5055/14
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 5055
- Año:
- 2014
- Fecha:
- 23/10/2014
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5055, que autoriza la contratación de una Asistente Social para integrar el Equipo Técnico del Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño. La contratación se realizará mediante un Contrato de Locación de Obra con la Sra. Elsa Leguizamo, quien cumplirá funciones en la Subsecretaría de Niñez, Mujer y Familia y en áreas de la Secretaría de Desarrollo Humano. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de noviembre de 2014 hasta el 30 de abril de 2015, y la remuneración será de $7.731 mensuales.
Etiquetas
Ordenanza 5055Contratación de Asistente SocialServicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del NiñoSubsecretaría de Niñez, Mujer y FamiliaSecretaría de Desarrollo HumanoLey 13.298Decreto-Ley 6769/58Convenio Marco de Cooperación
Palabras clave
Elsa LeguizamoWalter Ariel SantallaIntendente MunicipalMunicipalidad de RamalloHonorable Concejo DeliberanteSubsecretaría de Niñez, Mujer y FamiliaSecretaría de Desarrollo HumanoServicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del NiñoLey 13.298Decreto-Ley 6769/58Convenio Marco de CooperaciónContrato de Locación de ObraRemuneración