Ordenanza 349/86
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 349
- Año:
- 1986
- Fecha:
- 10/09/1986
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
La Ordenanza regula el funcionamiento de confiterías bailables y locales habilitados para menores de edad, estableciendo condiciones para la autorización, como iluminación, ventilación y servicios sanitarios. Se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas y se establecen horarios y edades permitidas para los concurrentes. El incumplimiento de las disposiciones será sancionado según el Régimen Municipal de Faltas.
Etiquetas
Ordenanza 349/86Confiterías bailablesMenores de edadHabilitación municipalRégimen Municipal de FaltasDecreto 1290/95
Palabras clave
RamalloHonorable Concejo DeliberanteLey Orgánica de las MunicipalidadesArtículo 27Confiterías bailablesMenores de edadHabilitación municipalRégimen Municipal de FaltasDecreto 1290/95Ordenanza General N° 343/83