Ordenanza 1890/00
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 1890
- Año:
- 2000
- Fecha:
- 29/12/2000
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
La Ordenanza 1890 regula la ubicación de emprendimientos productivos que puedan generar contaminación, malos olores o presencia de insectos, estableciendo restricciones para la instalación de establecimientos dedicados a la producción, cría o faena de ganado en áreas específicas. Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para autorizar la instalación de estos establecimientos en un radio mayor a 3 o 5 kilómetros de las zonas urbanas y complementarias de Ramallo, Villa Ramallo, Pérez Millán, El Paraíso y Villa General Savio. Se establece un plazo de 4 años para que los establecimientos ya instalados se adapten a las nuevas regulaciones.
Etiquetas
Ordenanza 1890Ley 8912Ley 6769/58Ordenanza 1869/00zonificaciónuso del suelocontaminaciónmalos oloresganado menorganado mayorcría intensiva
Palabras clave
RamalloVilla RamalloPérez MillánEl ParaísoVilla General SavioHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo Municipalzonificaciónuso del suelocontaminaciónmalos oloresganado menorganado mayorcría intensiva