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Ordenanza 1890/00

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1890
Año:
2000
Fecha:
29/12/2000
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Ordenanza 1890 regula la ubicación de emprendimientos productivos que puedan generar contaminación, malos olores o presencia de insectos, estableciendo restricciones para la instalación de establecimientos dedicados a la producción, cría o faena de ganado en áreas específicas. Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para autorizar la instalación de estos establecimientos en un radio mayor a 3 o 5 kilómetros de las zonas urbanas y complementarias de Ramallo, Villa Ramallo, Pérez Millán, El Paraíso y Villa General Savio. Se establece un plazo de 4 años para que los establecimientos ya instalados se adapten a las nuevas regulaciones.

Etiquetas

Ordenanza 1890Ley 8912Ley 6769/58Ordenanza 1869/00zonificaciónuso del suelocontaminaciónmalos oloresganado menorganado mayorcría intensiva

Palabras clave

RamalloVilla RamalloPérez MillánEl ParaísoVilla General SavioHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo Municipalzonificaciónuso del suelocontaminaciónmalos oloresganado menorganado mayorcría intensiva
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