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Ordenanza 597/88

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
597
Año:
1988
Fecha:
26/10/1988
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 597/88, que autoriza la licitación pública para la concesión de la construcción y explotación de una cantina en el lugar ribereño conocido como Costa Pobre. La ordenanza establece las condiciones para la concesión, incluyendo la construcción de un local de cantina y baños públicos, y la obligación de mantener el local en perfectas condiciones de higiene y seguridad. La concesión tendrá un plazo de dos años y no podrá ser arrendada o enajenada sin autorización expresa de la Municipalidad de Ramallo.

Etiquetas

Ordenanza 597/88Licitación PúblicaConcesión de CantinaCosta PobreLey Orgánica de las Municipalidades

Palabras clave

CantinaCosta PobreRamalloMunicipalidadLicitación PúblicaConcesiónOrdenanza 597/88Ley Orgánica de las MunicipalidadesFiplasto S.A.Rohm y Hnos. S.A.
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