Ordenanza 597/88
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 597
- Año:
- 1988
- Fecha:
- 26/10/1988
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 597/88, que autoriza la licitación pública para la concesión de la construcción y explotación de una cantina en el lugar ribereño conocido como Costa Pobre. La ordenanza establece las condiciones para la concesión, incluyendo la construcción de un local de cantina y baños públicos, y la obligación de mantener el local en perfectas condiciones de higiene y seguridad. La concesión tendrá un plazo de dos años y no podrá ser arrendada o enajenada sin autorización expresa de la Municipalidad de Ramallo.
Etiquetas
Ordenanza 597/88Licitación PúblicaConcesión de CantinaCosta PobreLey Orgánica de las Municipalidades
Palabras clave
CantinaCosta PobreRamalloMunicipalidadLicitación PúblicaConcesiónOrdenanza 597/88Ley Orgánica de las MunicipalidadesFiplasto S.A.Rohm y Hnos. S.A.