← Volver al repositorio

Ordenanza 3088/06

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3088
Año:
2006
Fecha:
19/09/2006
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que transforma la bonificación no remunerativa en remunerativa para los agentes de la administración pública municipal y el hospital municipal, y otorga una bonificación no remunerativa de $500 a partir del 1 de julio de 2006, a abonar en cuotas mensuales. Se excluye al personal temporario, contratado y reemplazantes, y al personal de la planta política. La secretaría de presupuesto y hacienda está facultada para crear y modificar medidas presupuestarias para dar cumplimiento a la ordenanza.

Etiquetas

Ordenanza 3088Bonificación RemunerativaBonificación No RemunerativaAdministración Pública MunicipalHospital Municipal José María GomendioExpte. Administrativo Nº 21542-10176/06Subsecretaría de Trabajo Delegación San Nicolás - Ramallo

Palabras clave

RamalloHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo Municipaltrabajadores municipalesExpte. Administrativo Nº 21542-10176/06Subsecretaría de Trabajo Delegación San Nicolás - RamalloBonificación RemunerativaBonificación No RemunerativaPesos SetentaPesos QuinientosPesos SesentaHospital Municipal José María Gomendio
Ver documentoDescargar