Ordenanza 3088/06
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 3088
- Año:
- 2006
- Fecha:
- 19/09/2006
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que transforma la bonificación no remunerativa en remunerativa para los agentes de la administración pública municipal y el hospital municipal, y otorga una bonificación no remunerativa de $500 a partir del 1 de julio de 2006, a abonar en cuotas mensuales. Se excluye al personal temporario, contratado y reemplazantes, y al personal de la planta política. La secretaría de presupuesto y hacienda está facultada para crear y modificar medidas presupuestarias para dar cumplimiento a la ordenanza.
Etiquetas
Ordenanza 3088Bonificación RemunerativaBonificación No RemunerativaAdministración Pública MunicipalHospital Municipal José María GomendioExpte. Administrativo Nº 21542-10176/06Subsecretaría de Trabajo Delegación San Nicolás - Ramallo
Palabras clave
RamalloHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo Municipaltrabajadores municipalesExpte. Administrativo Nº 21542-10176/06Subsecretaría de Trabajo Delegación San Nicolás - RamalloBonificación RemunerativaBonificación No RemunerativaPesos SetentaPesos QuinientosPesos SesentaHospital Municipal José María Gomendio