Ordenanza 882/90
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 882
- Año:
- 1990
- Fecha:
- 28/12/1990
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 882/90, que desafecta del área complementaria de Pérez Millán a la fracción Circ. IX, Secc. B quinta 3 y la incorpora al área urbana. El objetivo es promover el crecimiento poblacional y permitir nuevos loteos. Se establecen indicadores urbanísticos y se requiere infraestructura básica como agua potable, alumbrado público y energía eléctrica. La ordenanza también regula la cesión de fracciones de tierra al Estado Provincial o Municipal para espacios públicos y equipamiento comunitario.
Etiquetas
Ordenanza 882/90Pérez MillánDesafectación de área complementariaIncorporación al área urbanaCrecimiento poblacionalLoteosIndicadores urbanísticosInfraestructura básicaDecreto Ley 9812Decreto Ley 8912
Palabras clave
Pérez MillánRamalloHonorable Concejo DeliberanteOrdenanza 882/90DesafectaciónIncorporaciónÁrea urbanaCrecimiento poblacionalLoteosIndicadores urbanísticosInfraestructura básicaDecreto Ley 9812Decreto Ley 8912Expediente N° 4092-185/89MAXIMO RAMIREZ