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Ordenanza 3068/06

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3068
Año:
2006
Fecha:
01/08/2006
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que regula los lugares donde se realizan tatuajes y colocación de abridores para aros o colgantes en cualquier lugar del cuerpo, estableciendo condiciones de asepsia y requisitos para los operadores y establecimientos. Se requiere que los lugares cumplan con condiciones de higiene y seguridad, y que los operadores tengan libreta sanitaria y utilicen materiales descartables. También se establece que los menores de 18 años deben ser acompañados por un familiar mayor para realizar estos procedimientos.

Etiquetas

Ordenanza 3068TatuajesColocación de abridoresAsepsiaHigieneSeguridadLibreta sanitariaMateriales descartablesMenores de 18 años

Palabras clave

TatuajesAbridoresAsepsiaHigieneSeguridadLibreta sanitariaMateriales descartablesMenores de 18 añosHonorable Concejo Deliberante de RamalloOrdenanza 3068
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