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Ordenanza 738/89

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
738
Año:
1989
Fecha:
02/11/1989
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza para autorizar la ampliación de la planta de personal temporario mensualizado para cubrir el servicio de barrido de calles pavimentadas en la localidad de Pérez Millán, debido a la rescisión unilateral del contrato con la empresa Roberto J. Azcoitia y Cia. S.R.L. La ordenanza establece la creación de cinco cargos para realizar este servicio y obliga al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer la correspondiente partida en el presupuesto de gastos.

Etiquetas

Ordenanza 738/89Servicio de Barrido de Calles PavimentadasPérez MillánPlanta de Personal Temporario MensualizadoDepartamento Ejecutivo MunicipalRoberto J. Azcoitia y Cia. S.R.L.Ordenanza 717/89Estatuto de Estabilidad y Escalafón del Personal Municipal

Palabras clave

Ramallo2 de noviembre de 1989Servicio de Barrido de Calles PavimentadasPérez MillánPlanta de Personal Temporario MensualizadoDepartamento Ejecutivo MunicipalRoberto J. Azcoitia y Cia. S.R.L.Ordenanza 717/89Estatuto de Estabilidad y Escalafón del Personal MunicipalArtículos 215° y 220°Ley Orgánica de las MunicipalidadesReglamento de Contabilidad
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