Ordenanza 5896/18
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 5896
- Año:
- 2018
- Fecha:
- 26/12/2018
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5896/18, que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Contrato de Locación de Obra con el Sr. Julio César Latof para cumplir funciones de arriero en las localidades de Ramallo y Villa Ramallo. El contrato tendrá una duración de un año, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019, y establece un monto total de $242.424,00, pagadero en 12 cuotas mensuales de $20.202,00 cada una. El contrato también establece las condiciones y obligaciones para el arriero, incluyendo la necesidad de contratar un seguro de accidentes personales y la posibilidad de rescisión del contrato en caso de incumplimiento.
Etiquetas
Ordenanza 5896/18Contrato de Locación de ObraArrieroVilla RamalloDepartamento Ejecutivo MunicipalJulio César LatofLey Orgánica de las Municipalidades
Palabras clave
OrdenanzaContratoLocación de ObraArrieroRamalloVilla RamalloDepartamento Ejecutivo MunicipalJulio César LatofLey Orgánica de las MunicipalidadesDecreto-Ley 6769/58MunicipioProvincia de Buenos Aires