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Ordenanza 4865/13

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
4865
Año:
2013
Fecha:
05/12/2013
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza Nº 4865/13, que autoriza la contratación de una nutricionista para trabajar en el Programa Integral de Nutrición Infantil Comunitaria. La contratación se realizará mediante un contrato de locación de obra, que regirá desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014. La nutricionista trabajará 5 horas diarias, de lunes a viernes, y recibirá una remuneración mensual de $4.500. El contrato puede ser rescindido por la Municipalidad sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio.

Etiquetas

Ordenanza 4865Programa Integral de Nutrición Infantil Comunitariacontratación de nutricionistacontrato de locación de obraDepartamento Ejecutivo MunicipalSecretaría de Desarrollo Humano

Palabras clave

Mariana SantoroWalter Ariel SantallaExpediente 4092-9816/13Decreto-Ley 6769/58Ley Orgánica de las MunicipalidadesPrograma Integral de Nutrición Infantil ComunitariaPROINICnutricionistacontrato de locación de obraremuneración mensualMunicipalidad de Ramallo
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