Ordenanza 403/86
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 403
- Año:
- 1986
- Fecha:
- 29/12/1986
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que deroga la Bonificación Especial no Remunerativa establecida por el Art. 2° de la Ordenanza N° 362/86 para el Personal Profesional del Hospital José María Gomendio, y establece una nueva bonificación especial no remunerativa equivalente al 10% del importe que resulte de sumar sueldo básico, antigüedad y Bonificación por función en cada caso. También se incrementa el porcentaje asignado a la Bonificación Especial no Remunerativa y se modifican las partidas del Presupuesto de Gastos del Hospital José M. Gomendio.
Etiquetas
Hospital José María GomendioOrdenanza 403/86Decreto 8276/86Decreto 8337/86Bonificación Especial no RemunerativaCarrera Profesional Hospitalaria
Palabras clave
Ramallo29 de diciembre de 1986Honorable Concejo DeliberanteHospital José María GomendioBonificación Especial no RemunerativaDecreto 8276/86Decreto 8337/86Art. 3° del Decreto N 5576/86Ley 7878/72