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Ordenanza 403/86

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
403
Año:
1986
Fecha:
29/12/1986
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que deroga la Bonificación Especial no Remunerativa establecida por el Art. 2° de la Ordenanza N° 362/86 para el Personal Profesional del Hospital José María Gomendio, y establece una nueva bonificación especial no remunerativa equivalente al 10% del importe que resulte de sumar sueldo básico, antigüedad y Bonificación por función en cada caso. También se incrementa el porcentaje asignado a la Bonificación Especial no Remunerativa y se modifican las partidas del Presupuesto de Gastos del Hospital José M. Gomendio.

Etiquetas

Hospital José María GomendioOrdenanza 403/86Decreto 8276/86Decreto 8337/86Bonificación Especial no RemunerativaCarrera Profesional Hospitalaria

Palabras clave

Ramallo29 de diciembre de 1986Honorable Concejo DeliberanteHospital José María GomendioBonificación Especial no RemunerativaDecreto 8276/86Decreto 8337/86Art. 3° del Decreto N 5576/86Ley 7878/72
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