Ordenanza 2147/03
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 2147
- Año:
- 2003
- Fecha:
- 06/05/2003
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar contratos de locación de servicios profesionales con distintos profesionales para el Hospital Municipal José María Gomendio, con el fin de mantener la vinculación contractual y brindar servicios acordes a las demandas mínimas de la Comunidad. Los contratos se celebran por un término de 9 meses, con un horario de 48 horas semanales y una retribución de $200 por guardia. Los contratos pueden ser rescindidos sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio.
Etiquetas
Ordenanza 2147/03Contrato de Locación de ServiciosHospital Municipal José María GomendioProfesionales de la SaludDepartamento Ejecutivo MunicipalHonorable Concejo Deliberante de Ramallo
Palabras clave
RamalloHospital MunicipalContrato de Locación de ServiciosProfesionales de la SaludDepartamento Ejecutivo MunicipalHonorable Concejo DeliberanteLey 11.757Ley 10.471Ley 10.430Decreto 6769/58