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Ordenanza 2147/03

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
2147
Año:
2003
Fecha:
06/05/2003
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar contratos de locación de servicios profesionales con distintos profesionales para el Hospital Municipal José María Gomendio, con el fin de mantener la vinculación contractual y brindar servicios acordes a las demandas mínimas de la Comunidad. Los contratos se celebran por un término de 9 meses, con un horario de 48 horas semanales y una retribución de $200 por guardia. Los contratos pueden ser rescindidos sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio.

Etiquetas

Ordenanza 2147/03Contrato de Locación de ServiciosHospital Municipal José María GomendioProfesionales de la SaludDepartamento Ejecutivo MunicipalHonorable Concejo Deliberante de Ramallo

Palabras clave

RamalloHospital MunicipalContrato de Locación de ServiciosProfesionales de la SaludDepartamento Ejecutivo MunicipalHonorable Concejo DeliberanteLey 11.757Ley 10.471Ley 10.430Decreto 6769/58
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