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Ordenanza 968/91

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
968
Año:
1991
Fecha:
28/11/1991
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza Nº 968/91, que suspende en sus efectos la Ordenanza Nº 821/90, debido a que el bien objeto de cesión no se encuentra afectado al uso privado. Se establece como condición excluyente la previa desafectación del bien para cualquier eventual cesión. La medida se toma en consideración de las actuaciones contenidas en el Expte. Nº 4092-518/91 y el Decreto Nº 5767/91 del Departamento Ejecutivo Municipal.

Etiquetas

Ordenanza 821/90Ordenanza 968/91Decreto 5767/91Expte. 4092-518/91Lorenzo Marcelino Capracaminoparcelas 255m y 255cdesafectación del bien

Palabras clave

RamalloHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo MunicipalAsesoría Legal MunicipalLorenzo Marcelino CapraORDENANZA Nº 821/90ORDENANZA Nº 968/91DECRETO Nº 5767/91Expte. Nº 4092-518/91caminoparcelas 255m y 255cdesafectación del bienuso privado
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