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Ordenanza 5075/14

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
5075
Año:
2014
Fecha:
06/11/2014
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Ordenanza 5075 establece sanciones para los propietarios de animales sueltos o atados en la vía pública sin persona responsable, con multas que van desde 100 hasta 450 litros de nafta. También se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para adquirir un carro de transporte para animales sueltos y se establece la revisión sanitaria de los animales secuestrados. El 20% de lo recaudado en multas se destinará a inversiones en el inmueble de custodia.

Etiquetas

Ordenanza 5075Ley 10.081Código RuralAnimales sueltosMultasNaftaDepartamento Ejecutivo MunicipalSubsecretaría de Prevención, Educación Vial y Defensa Civil

Palabras clave

Ramallo2014Honorable Concejo DeliberanteArtículo 1ºArtículo 2ºArtículo 3ºArtículo 4ºArtículo 5ºArtículo 6ºLey 10.081Código RuralAnimales sueltosMultasNafta
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