Ordenanza 5075/14
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 5075
- Año:
- 2014
- Fecha:
- 06/11/2014
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
La Ordenanza 5075 establece sanciones para los propietarios de animales sueltos o atados en la vía pública sin persona responsable, con multas que van desde 100 hasta 450 litros de nafta. También se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para adquirir un carro de transporte para animales sueltos y se establece la revisión sanitaria de los animales secuestrados. El 20% de lo recaudado en multas se destinará a inversiones en el inmueble de custodia.
Etiquetas
Ordenanza 5075Ley 10.081Código RuralAnimales sueltosMultasNaftaDepartamento Ejecutivo MunicipalSubsecretaría de Prevención, Educación Vial y Defensa Civil
Palabras clave
Ramallo2014Honorable Concejo DeliberanteArtículo 1ºArtículo 2ºArtículo 3ºArtículo 4ºArtículo 5ºArtículo 6ºLey 10.081Código RuralAnimales sueltosMultasNafta