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Ordenanza 2039/02

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
2039
Año:
2002
Fecha:
06/08/2002
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Ordenanza 2039 regula la comercialización y uso de artificios pirotécnicos en el Partido de Ramallo, estableciendo categorías de comercios, requisitos de inscripción y medidas de seguridad. Se prohíbe la utilización de elementos pirotécnicos en un radio de 200 metros de centros asistenciales y se establecen sanciones para los contraventores. La ordenanza se basa en la definición de categorías y requisitos emitidos por el RENAR y busca evitar molestias sonoras y perjuicios para la salud de los habitantes.

Etiquetas

Ordenanza 2039artificios pirotécnicoscomercializaciónusoseguridadRENARDecreto Nacional 302/83Ley 20.429

Palabras clave

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