Ordenanza 565/88
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 565
- Año:
- 1988
- Fecha:
- 17/08/1988
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 565/88, que autoriza a la Empresa de Colectivos Ramallo S.R.L. a aplicar nuevas tarifas para el servicio de transporte local de pasajeros entre Ramallo y Villa Ramallo. Las tarifas establecidas varían según la sección y el tipo de pasajero, con valores que van desde $2,20 hasta $4,-. La empresa también tiene la obligación de entregar boletos a los pasajeros, mantener pólizas de seguro y colocar el cuadro tarifario en los vehículos.
Etiquetas
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Palabras clave
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