Ordenanza 5807/18
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 5807
- Año:
- 2018
- Fecha:
- 16/08/2018
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5807/18, que autoriza la contratación de un kinesiólogo para el Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018, y el profesional deberá cumplir con las obligaciones prestacionales establecidas en el contrato, que incluyen la atención a pacientes internados y ambulatorios, así como la realización de tareas afines a su profesión en el Hogar de Ancianos. El kinesiólogo recibirá una retribución mensual de $17.418,38, y deberá cumplir con las cargas que la legislación impone para el desempeño regular de su profesión.
Etiquetas
Ordenanza 5807/18Contratación de kinesiólogoHospital Municipal José María GomendioHogar de AncianosKinesiologíaAtención a pacientes internados y ambulatorios
Palabras clave
KinesiólogoHospital Municipal José María GomendioHogar de AncianosContrato de locación de obraRetribución mensualCargas legalesLegislaciónProfesiónPacientes internadosPacientes ambulatorios