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Ordenanza 517/88

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
517
Año:
1988
Fecha:
12/02/1988
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que exonera a la Sociedad de Bomberos Voluntarios y a sus integrantes propietarios de vivienda única del pago de las tasas por servicios municipales, como la tasa por alumbrado, limpieza y conservación de la vía pública y la tasa por servicios sanitarios, con retroactividad al 1 de enero de 1988. La exención se aplica a los inmuebles específicos de los bomberos mencionados y es válida solo para el período fiscal de 1988.

Etiquetas

Ordenanza 517/88Sociedad de Bomberos VoluntariosExención de tasasTasa por AlumbradoTasa por Servicios SanitariosBomberos Voluntarios de Ramallo

Palabras clave

RamalloSociedad de Bomberos VoluntariosTasa por AlumbradoTasa por Servicios SanitariosRoberto Godofredo NueschMarcial MansillaHéctor Vicente de VolderJose Oscar UnsenAriel Alfonso ZapataPeríodo Fiscal 1988
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