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Ordenanza 545/88

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
545
Año:
1988
Fecha:
29/06/1988
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 545/88, que crea el Mercado Comunitario en el ámbito del Municipio de Ramallo. El mercado tendrá como objeto la difusión y comercialización de productos y artículos obtenidos, producidos, fabricados o fraccionados en el Partido de Ramallo, así como la comercialización de productos de la Canasta Familiar. Se establecen condiciones para la venta y comercialización de los productos, como el registro previo y la demostración de que los productos son aptos para comercialización. El mercado funcionará en lugares y horarios determinados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y se establecen normas para la verificación de pesas y medidas, la higiene y la limpieza de los espacios.

Etiquetas

Ordenanza 545/88Mercado ComunitarioCanasta FamiliarComercialización de productosRegistro de productores

Palabras clave

Mercado ComunitarioRamalloCanasta FamiliarComercialización de productosRegistro de productoresDepartamento Ejecutivo MunicipalHonorable Concejo Deliberante
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