Ordenanza 545/88
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 545
- Año:
- 1988
- Fecha:
- 29/06/1988
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 545/88, que crea el Mercado Comunitario en el ámbito del Municipio de Ramallo. El mercado tendrá como objeto la difusión y comercialización de productos y artículos obtenidos, producidos, fabricados o fraccionados en el Partido de Ramallo, así como la comercialización de productos de la Canasta Familiar. Se establecen condiciones para la venta y comercialización de los productos, como el registro previo y la demostración de que los productos son aptos para comercialización. El mercado funcionará en lugares y horarios determinados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y se establecen normas para la verificación de pesas y medidas, la higiene y la limpieza de los espacios.
Etiquetas
Ordenanza 545/88Mercado ComunitarioCanasta FamiliarComercialización de productosRegistro de productores
Palabras clave
Mercado ComunitarioRamalloCanasta FamiliarComercialización de productosRegistro de productoresDepartamento Ejecutivo MunicipalHonorable Concejo Deliberante