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Ordenanza 1129/93

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1129
Año:
1993
Fecha:
07/12/1993
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que establece la distribución y afectación de fondos provenientes del Convenio de Descentralización Administrativa Tributaria, específicamente el 50% del Aporte No Reintegrable, que asciende a $522.680,01, para ser destinados a obras físicas con contenido social, como aguas corrientes, pavimento, ampliación de red cloacal, construcción de unidades sanitarias, puentes y alcantarillas, remodelación de plazas y avenidas, y obras de desagües y dragado.

Etiquetas

Ordenanza 1129/93Convenio de Descentralización Administrativa TributariaAporte No Reintegrableobras físicas con contenido socialaguas corrientespavimentoampliación red cloacalconstrucción unidades sanitarias

Palabras clave

RamalloMunicipalidadMinisterio de EconomíaProvincia de Buenos AiresConvenioAporte No Reintegrableobras físicascontenido socialaguas corrientespavimentored cloacalunidades sanitariaspuentesalcantarillasplazasavenidasdesagüesdragado
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