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Ordenanza 3509/08

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3509
Año:
2008
Fecha:
07/10/2008
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Ordenanza 3509 crea el Tribunal Municipal de Faltas del Partido de Ramallo, con competencia para juzgar y sancionar contravenciones a normas municipales y disposiciones nacionales y provinciales delegadas a la comuna. El tribunal estará compuesto por un juzgado a cargo de un Juez de Faltas designado por el Intendente Municipal con acuerdo del Honorable Concejo Deliberante. Se establecen requisitos para ser designado Juez de Faltas, como ser argentino, tener 25 años de edad, poseer título de abogado y acreditar tres años de ejercicio de la profesión. También se definen causales de remoción del Juez de Faltas y se establece un procedimiento para su enjuiciamiento. El tribunal funcionará durante todo el año y su retribución será como mínimo la equivalente a la fijada para el cargo de Subsecretario.

Etiquetas

Ordenanza 3509Tribunal Municipal de FaltasJuez de FaltasLey 8751/77Departamento Deliberativo

Palabras clave

Tribunal Municipal de FaltasJuez de FaltasRamalloLey 8751/77Departamento DeliberativoIntendente MunicipalHonorable Concejo DeliberanteSubsecretario
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