Ordenanza 2298/03
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 2298
- Año:
- 2003
- Fecha:
- 25/11/2003
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 2298/03, que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar contratos de locación de servicios profesionales con distintos profesionales del Hospital José María Gomendio. El contrato tendrá una duración de dos meses y regirá por las reglamentaciones aplicables, incluyendo el Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y la Ley de Carrera Profesional Hospitalaria. La profesional se compromete a realizar tareas en el servicio de Pediatría y percibirá una retribución mensual de $700.
Etiquetas
Ordenanza 2298/03Contrato de Locación de ServiciosHospital José María GomendioPediatríaEstatuto para el Personal de las MunicipalidadesLey de Carrera Profesional HospitalariaDecreto 6769/58
Palabras clave
Hospital José María GomendioPediatríaContrato de Locación de ServiciosEstatuto para el Personal de las MunicipalidadesLey de Carrera Profesional HospitalariaDecreto 6769/58Municipalidad de RamalloIntendente MunicipalDra. Adriana Eugenia AnzelínDr. Enrique Joaquín García