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Ordenanza 2298/03

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
2298
Año:
2003
Fecha:
25/11/2003
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 2298/03, que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar contratos de locación de servicios profesionales con distintos profesionales del Hospital José María Gomendio. El contrato tendrá una duración de dos meses y regirá por las reglamentaciones aplicables, incluyendo el Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y la Ley de Carrera Profesional Hospitalaria. La profesional se compromete a realizar tareas en el servicio de Pediatría y percibirá una retribución mensual de $700.

Etiquetas

Ordenanza 2298/03Contrato de Locación de ServiciosHospital José María GomendioPediatríaEstatuto para el Personal de las MunicipalidadesLey de Carrera Profesional HospitalariaDecreto 6769/58

Palabras clave

Hospital José María GomendioPediatríaContrato de Locación de ServiciosEstatuto para el Personal de las MunicipalidadesLey de Carrera Profesional HospitalariaDecreto 6769/58Municipalidad de RamalloIntendente MunicipalDra. Adriana Eugenia AnzelínDr. Enrique Joaquín García
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