Ordenanza 821/90
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 821
- Año:
- 1990
- Fecha:
- 26/07/1990
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que autoriza al Departamento Ejecutivo a conceder al Club Cazadores y Pescadores Deportistas San Nicolás el derecho de uso y ocupación de una fracción de terreno lindante con su propiedad, por un término de 30 años, para parquizar y mantener en buenas condiciones, con la condición de permitir el acceso y uso de sus instalaciones a otras entidades o grupos que integren los Programas de Esparcimiento y Recreación municipales.
Etiquetas
Ordenanza 821/90Club Cazadores y Pescadores Deportistas San Nicoláscesión de terrenoderecho de uso y ocupaciónLey 9533/80Ley Orgánica de las Municipalidadesartículo 56 de la Ley 6769/58
Palabras clave
RamalloSan NicolásClub Cazadores y Pescadores DeportistasPersonería Jurídica N° 7990/65Ley 9533/80Ley Orgánica de las Municipalidadesartículo 56 de la Ley 6769/58Departamento EjecutivoHonorable Concejo Deliberante