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Ordenanza 3096/06

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3096
Año:
2006
Fecha:
03/10/2006
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Ordenanza 3096 declara patrimonio histórico del Partido de Ramallo a la Capilla San Juan Bautista de Villa Ramallo, la Capilla Sagrado Corazón de Jesús de El Paraíso y la Capilla y Casco Histórico del Hospital José María Gomendio de Ramallo, destacando su importancia histórica y socio cultural en la formación de la identidad local. El Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a dar cumplimiento a esta declaración según la Ley Orgánica de las Municipalidades. La ordenanza tiene como objetivo preservar y conservar estos sitios históricos como testigos de un proceso histórico que nos acerca a nuestra realidad actual y futura.

Etiquetas

Ordenanza 3096Patrimonio HistóricoCapilla San Juan BautistaCapilla Sagrado Corazón de JesúsHospital José María GomendioLey Orgánica de las Municipalidades

Palabras clave

RamalloConcejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo MunicipalLey Orgánica de las MunicipalidadesPatrimonio HistóricoCapilla San Juan BautistaCapilla Sagrado Corazón de JesúsHospital José María GomendioMaría Unzue de AlvearJuan GiambroniPadre Olague
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