Ordenanza 4703/13
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 4703
- Año:
- 2013
- Fecha:
- 25/04/2013
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 4703/13, que autoriza la contratación de una Asistente Social para cumplir funciones en la Secretaría de Desarrollo Humano, Subsecretaría de Niñez, Mujer y Familia y en el Servicio de Geriatría del Hospital José María Gomendio. El contrato tendrá una duración de 8 meses, con una remuneración mensual de $3.800. Se establecen las condiciones y obligaciones para el profesional contratado, incluyendo la prestación de servicios de lunes a viernes, 5 horas diarias, y la entrega de informes sobre la gestión llevada a cabo.
Etiquetas
Ordenanza 4703/13Contratación de Asistente SocialSecretaría de Desarrollo HumanoSubsecretaría de Niñez, Mujer y FamiliaHospital José María GomendioDecreto-Ley 6769/58
Palabras clave
Asistente SocialContrato de Locación de ObraMunicipalidad de RamalloIntendente Municipal Walter Ariel SantallaSecretaría de Presupuesto y HaciendaDepartamento Ejecutivo MunicipalLey Orgánica de las Municipalidades